La
creación de un Mercado Único para el 31 de diciembre de 1992
presentaba problemas de armonización
de la calidad y la seguridad de los productos que se iban a
comercializar en Europa a partir de aquel momento.
Hasta
entonces, cada país exigía estándares de calidad y seguridad
diferentes a los fabricantes que comercializaban productos en el
interior de sus fronteras. ¿Qué pasaría cuando se produjera
la apertura de fronteras interiores?
La
apertura de fronteras supuso un gran esfuerzo de producción
normativa, dirigida a conseguir una armonización técnica de
productos industriales en base al llamado “Nuevo Enfoque y
Enfoque Global”.
Este
“Nuevo Enfoque” de armonización y normalización técnica se
basa en los siguientes principios:
Un principio fundamental
del Nuevo Enfoque consiste en limitar la armonización legislativa a
los requisitos esenciales de interés público. Estos requisitos se
refieren en particular a la protección de la salud y la seguridad de
los usuarios (generalmente consumidores y trabajadores) y en
ocasiones abarca otros requisitos fundamentales (por ejemplo, la
protección de bienes o del medio ambiente).
Se
desarrolla un ingente trabajo documental para establecer normas de
diseño y fabricación de diferentes tipos de productos, que puedan
servir para que el fabricante encuentre un procedimiento ya
establecido para cumplir con los requisitos esenciales de obligado
cumplimiento.
Los requisitos esenciales definen los resultados que deben
obtenerse o los riesgos que deben remediarse, pero no determinan las
soluciones técnicas para hacerlo. Las normas son un procedimiento
voluntario, no obligatorio.
Cuando se acredita que el
producto cumple con la norma, se presupone la conformidad con los
requisitos esenciales.
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